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JEREZ, ANDREA SOLEDAD c/ OMINT ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por monto de indemnización y aplicación de índice RIPTE. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia, ajustando la indemnización y los intereses aplicables.

Intereses Indemnizacion Honorarios Incapacidad Actualizacion monetaria Accidente de trabajo Dano psiquico


¿Quién es el actor?

JEREZ ANDREA SOLEDAD

¿A quién se demanda?

OMINT ART SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación de monto indemnizatorio y aplicación de índice RIPTE por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

Se modifica la sentencia de primera instancia, estableciendo que la prestación dineraria de $799.745,76 deberá ajustarse al momento de la liquidación según variación del índice RIPTE, devengando intereses conforme lo dispuesto. Se confirma la sentencia en lo demás. Se imponen costas a la demandada vencida y se regulan honorarios de letrados y perito. Fundamentos relevantes:
- El monto de indemnización fijado en $799.745,76 es correcto, no existiendo error de cálculo.
- La demandada no puede desconocer el daño psíquico sufrido por el actor, evidenciado en su discapacidad física.
- El art. 3º de la ley 26.773 es constitucional, al perseguir un objetivo de privilegiar el régimen tarifado.
- Corresponde aplicar el decreto 669/2019 para actualizar el ingreso base mensual y calcular los intereses.
- No corresponde aplicar el acta 2764/22 del índice RIPTE, al no existir una demanda judicial que sirva de pivote para la capitalización.

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