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MASTRONARDI, MARINA SOLEDAD c/ AMERICA BROAD CALL S.A. Y OTROS s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia de primera instancia y limitó la condena solidaria de los codemandados personas físicas.

Indemnizaciones laborales Despido Multa art 1 ley 25 323 Pago fuera de registro Responsabilidad solidaria de socios y administradores


¿Quién es el actor?

Marina Soledad Mastronardi
- Demandados: América Broad Call SA, Sergio Jorge Sabha y Eric Strk

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y limitó la condena solidaria de los codemandados personas físicas solo al rubro multa del art. 1 ley 25.323. Confirmó la decisión en cuanto a la calificación del modo de extinción del contrato como despido sin causa, la aplicación de multas y el cálculo de intereses.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que si bien los testimonios de los testigos propuestos por los demandados no inhabilitan sus dichos, no son suficientes para rebatir los contundentes testimonios de los testigos de la actora, que evidencian que la renuncia de la trabajadora se produjo por una situación de presión por parte del empleador.
- Respecto a la limitación de la condena solidaria a los codemandados personas físicas, la Cámara aplicó su jurisprudencia reiterada en el sentido de que la responsabilidad de los socios y administradores se limita a los perjuicios que sean consecuencia directa de la conducta fraudulenta relacionada con la inscripción defectuosa de la relación laboral.

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