RAMIREZ, VANINA CAROL c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL ASOCIADO A ASOCIACION MUTUAL SANCOR (REB. 8/7/21) s/DESPIDO
La trabajadora demandó por despido y logró modificar la tasa de interés aplicable al capital de condena, adecuándola a la situación inflacionaria del país.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, disponiendo que el capital de condena se adecue de acuerdo a la tasa CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia) más una tasa pura del 6% anual, desde la fecha de exigibilidad hasta el efectivo pago. Además, estableció que la única capitalización del art. 770 inc. b CCyC se aplica a la tasa pura del 6% anual y a la fecha de notificación de la demanda. El tribunal consideró que las tasas de interés previas a la nueva recomendación quedaron desajustadas frente a la grave inflación imperante, por lo que era necesario adoptar un mecanismo que compensara a la parte acreedora y mantuviera el valor del crédito. Citó jurisprudencia de la CSJN que limitó la capitalización periódica dispuesta en actas anteriores de la Cámara.
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