RIOS, YAMILA MABEL c/ EL RAPIDO ARGENTINO COMPAÑIA DE MICROOMNIBUS S.A. Y OTRO s/CERTIF. TRABAJO ART. 80 LCT
La actora reclamó la aplicación de sanciones laborales y solicita la entrega de certificados de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y ajustó el cálculo de los intereses.
¿Quién es el actor?
Yamila Mabel Ríos
- Demandados: El Rápido Argentino Compañía de Microómnibus S.A. y Héctor José Ledesma
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de sanciones laborales y entrega de certificados de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, confirmando la condena por despido y ajustando el cálculo de los intereses. Respecto a la sanción del art. 132 bis LCT, la Cámara la redujo a 8 meses de salarios por considerarla desproporcionada. En cuanto a los intereses, la Cámara dispuso que se aplique la tasa CER más 6% anual, con una única capitalización al momento de la notificación de la demanda.
Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró que la sanción del art. 132 bis LCT puede resultar desproporcionada en relación a la magnitud del incumplimiento, por lo que la redujo a 8 meses de salarios.
- Respecto a los intereses, la Cámara aplicó la tasa CER más 6% anual, con una única capitalización al momento de la notificación de la demanda, a fin de preservar el valor adquisitivo del crédito.
- La Cámara rechazó la pretensión de la actora de imponer astreintes por la falta de entrega de certificados, por considerarla prematura.
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