RIVAS, MIGUEL ANGEL c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El trabajador ferroviario reclamó indemnización por incapacidad física y psíquica derivada de un accidente laboral. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y redujo el monto indemnizatorio.
Indemnización por incapacidad física y psíquica derivada de accidente laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto indemnizatorio por incapacidad psíquica al considerar que no se acreditó una perturbación patológica de la personalidad. Confirmó el reconocimiento de la incapacidad física del 16,51%. Ordenó reducir los honorarios del letrado del trabajador y del perito médico.
Fundamentos relevantes:
- Para que exista daño psíquico indemnizable, debe acreditarse una perturbación patológica de la personalidad que guarde adecuado nexo causal con el hecho dañoso. Un simple accidente, sin secuelas trascendentales, no es suficiente.
- El perito médico determinó un porcentaje de incapacidad psíquica, pero el tribunal consideró que no existían elementos que acreditaran una afectación patológica de la personalidad.
- En cuanto a los intereses, se aplicó el régimen especial de la Ley 27.348, con una tasa pura del 6% anual desde la contingencia.
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