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LLANES, AGUSTINA DAIANA c/ CHERY PILAR S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y dispuso la actualización del crédito de acuerdo a las pautas establecidas por la propia Cámara.

Tasa de interes Anatocismo Economia procesal Despido Actualizacion de creditos laborales


¿Quién es el actor?

Agustina Daiana Llanes

¿A quién se demanda?

Chery Pilar S.A. y otro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, acogiendo el agravio de la actora respecto del modo de actualización del crédito diferido a condena. La Cámara dispuso que el crédito se actualice de acuerdo a lo establecido en las Actas CNAT 2783 y 2784, aplicando la tasa CER reglamentada por el BCRA más una tasa del 6% anual. Confirmó los honorarios regulados en la instancia anterior e impuso las costas de alzada a la demandada. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- La tasa de interés aplicada en primera instancia significaba una notoria depreciación monetaria del monto indemnizatorio, no alcanzaba a cumplir la función de absorber la pérdida de valor monetario desde la mora.
- La Cámara había establecido en actas anteriores (2783 y 2784) que los créditos laborales deben actualizarse con la tasa CER más una tasa del 6% anual, con una sola capitalización.
- Si bien uno de los jueces disintió con ese criterio, por razones de economía procesal y ante lo resuelto por el Tribunal Superior, se vio obligado a respetarlo.

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