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BERNAL, MARCELO EDUARDO c/ PREVENCION ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y dispuso la actualización de la condena mediante el índice RIPTE y la aplicación de intereses capitalizable.

Intereses Costas Honorarios Accidente de trabajo Actualizacion Ripte

¿Qué se resolvió en el fallo?

Accidente de trabajo
- Decisión del Tribunal:
- Se modifica la sentencia de primera instancia.
- Se dispone que la suma diferida a condena sea ajustada desde la fecha del accidente hasta la puesta a disposición de la indemnización mediante un interés equivalente a la tasa de variación de las Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).
- Una vez practicada la liquidación judicial y en caso de falta de pago, se aplicará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina, acumulándose los intereses al capital en forma semestral.
- Se imponen las costas de alzada en el orden causado y se regulan los honorarios de las partes. Fundamentos principales:
- La actualización y los intereses responden a necesidades diversas: la actualización procura mantener el valor adquisitivo del capital, mientras los intereses tienen como finalidad el resarcimiento por el retraso culpable del deudor.
- Dada la innegable pérdida del valor adquisitivo de la moneda, corresponde aplicar sobre el capital de condena el índice RIPTE o IPC, más intereses.
- Ante la evidencia de que los colegas no comparten su criterio, la Jueza Cañal propicia aplicar el criterio mayoritario del Tribunal.

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