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LAZARDE SALAMANCA, NICOLE KATHERINE c/ HE, XIQUAN s/DESPIDO

La actora demandó por despido, y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que consideró jurídicamente ineficaz la renuncia presentada por presión.

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Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que consideró la renuncia de la actora como jurídicamente ineficaz, al haber sido efectuada bajo coacción y amenazas por parte del empleador. Los fundamentos principales fueron:
- La sentenciante tuvo por acreditado que "bajo coerción, mediante amenazas de denuncia por robo, a través de su encargada del personal, Sra. Sandra Guasp, el demandado informó que la única forma de recibir la liquidación final era mediante la renuncia …obligó a renunciar, con falsa promesa de pago y sin comunicarle los verdaderos efectos de dicha renuncia…".
- Esto es "un método muy común utilizado por el demandado para desvincular a sus empleados y evadir sus responsabilidades laborales".
- Por ello, aun cuando se tuviera por demostrado el envío de la pieza postal aludida en el recurso, "la suerte del proceso no podría modificarse".

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