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VEGA POSTIJO, LEONEL c/ MITTE S.R.L. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por diferencias salariales y despido indirecto. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y redujo el monto de condena por desestimar la procedencia de la indemnización prevista en el art. 2 de la Ley 25.323.

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Diferencias salariales y despido indirecto

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la legitimidad del despido indirecto efectuado por el actor, pero modificó la sentencia de primera instancia al desestimar la procedencia de la indemnización prevista en el art. 2 de la Ley 25.323. En consecuencia, redujo el monto de condena. Los fundamentos principales fueron:
- La accionada adeudaba al actor los siguientes montos por salarios no abonados: en mayo/20, $2.771; en junio/20, $3.594 (más $13.150 por 1ºSAC); en julio/20, $3.449; en agosto/20, $3.594; y en septiembre/20, $2.299. Esto configuró una injuria que tornaba imposible la continuidad de la relación laboral, justificando el despido indirecto.
- Respecto a la indemnización del art. 2 de la Ley 25.323, correspondía rechazarla ya que la intimación previa al pago de las indemnizaciones se efectuó conjuntamente con la comunicación del despido indirecto, y no con posterioridad a la extinción del vínculo como exige dicha norma.

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