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MORENO ALVAREZ, KAREN c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora demandó por incapacidad derivada de un accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció un 13,4% de incapacidad física y 5% de incapacidad psíquica.

Tasa de interes Capitalizacion de intereses Incapacidad fisica Incapacidad psiquica Accidente in itinere Rechazo extemporaneo

Incapacidad derivada de accidente in itinere del 16/06/2022

¿Qué se resolvió?

Se confirma sentencia de primera instancia que reconoció 13,4% de incapacidad física y 5% de incapacidad psíquica. La Cámara señaló que:
- El rechazo extemporáneo del siniestro por la ART determina que se trate de una contingencia comprendida en el art. 6 de la Ley 24.557.
- Respecto a la incapacidad psíquica, si bien no se comparte el criterio de proporcionalidad entre la incapacidad física y psíquica, corresponde estar a lo concluido por la perita, que determinó un 5% de incapacidad psíquica con nexo causal.
- En cuanto a los intereses, corresponde aplicar la tasa prevista en el art. 11 de la Ley 27.348 (promedio de tasa activa del Banco Nación) y la capitalización de intereses conforme art. 770 inc. b) del CCyC.
- Los honorarios de peritos y letrados se consideran adecuados.

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