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ARGA, LUCIA VERONICA c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora reclamó indemnización por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia y actualizó el monto indemnizatorio conforme a la normativa vigente.

Intereses Honorarios Accidente de trabajo Ley 27 348 Ripte Ingreso base

Indemnización por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y actualizó el monto indemnizatorio conforme a la Ley 27.348 y el Decreto 669/19. Estableció que el ingreso base debe calcularse conforme al promedio de los salarios devengados en el año anterior al accidente, actualizados por el índice RIPTE. Además, fijó los intereses adeudados sobre dicho monto desde la interposición de la demanda hasta el efectivo pago. Finalmente, reguló los honorarios profesionales. Los principales fundamentos fueron:
- La Ley 27.348 y sus modificatorias resultan aplicables al presente caso.
- De conformidad con el Decreto 669/19 y el art. 7 del CCyCN, se debe sustituir el art. 12 de la Ley de Riesgos del Trabajo.
- El ingreso base debe calcularse tomando el promedio de los salarios del año anterior al accidente, actualizados por el índice RIPTE.
- Desde la interposición de la demanda y hasta el pago, se deben aplicar los intereses previstos en la ley.
- Para la regulación de honorarios, corresponde aplicar porcentajes sobre el monto de condena.

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