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DE RITO, VICTOR OSCAR BASILIO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por indemnización por incapacidad física y psicológica derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia reduciendo la indemnización por incapacidad física.

Indemnizacion Principio de congruencia Incapacidad fisica Incapacidad psicologica Accidente de trabajo Art Hipoacusia Ley 27 348

indemnización por incapacidad física (hipoacusia) y psicológica derivada de accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

Se modifica la sentencia reduciendo la indemnización por incapacidad física al 0,47% (descontando 1% de preexistencia y corrigiendo el cálculo del factor por edad y dificultad para tareas habituales). Se deja sin efecto la condena por incapacidad psicológica por no haber sido reclamada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La incapacidad psicológica no fue reclamada por el actor, por lo que la condena al respecto viola el principio de congruencia.
- Si bien la aseguradora no rechazó expresamente la denuncia, su silencio se entiende como aceptación de la contingencia por aplicación del art. 6 del Decreto 717/1996.
- Corresponde descontar del porcentaje de incapacidad física el 1% preexistente reconocido por el actor.
- El factor por edad debe sumarse en forma proporcional y no en forma directa.
- No corresponde aplicar la actualización por el índice RIPTE introducida por el Dec. 669/2019 ya que la ley 27.348 no lo prevé.
- Los intereses se calculan mediante la tasa CER más un 6% anual.

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