DE RITO, VICTOR OSCAR BASILIO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por indemnización por incapacidad física y psicológica derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia reduciendo la indemnización por incapacidad física.
indemnización por incapacidad física (hipoacusia) y psicológica derivada de accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
Se modifica la sentencia reduciendo la indemnización por incapacidad física al 0,47% (descontando 1% de preexistencia y corrigiendo el cálculo del factor por edad y dificultad para tareas habituales). Se deja sin efecto la condena por incapacidad psicológica por no haber sido reclamada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La incapacidad psicológica no fue reclamada por el actor, por lo que la condena al respecto viola el principio de congruencia.
- Si bien la aseguradora no rechazó expresamente la denuncia, su silencio se entiende como aceptación de la contingencia por aplicación del art. 6 del Decreto 717/1996.
- Corresponde descontar del porcentaje de incapacidad física el 1% preexistente reconocido por el actor.
- El factor por edad debe sumarse en forma proporcional y no en forma directa.
- No corresponde aplicar la actualización por el índice RIPTE introducida por el Dec. 669/2019 ya que la ley 27.348 no lo prevé.
- Los intereses se calculan mediante la tasa CER más un 6% anual.
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