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JARA, JUAN JESUS c/ COTECSUD S.A.S.E. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó parcialmente la sentencia y confirmó la procedencia del despido indirecto, la aplicación de sanciones y la condena al pago de diferencias salariales.

Intereses Astreintes Diferencias salariales Sanciones Cer Despido indirecto Interposicion fraudulenta


¿Quién es el actor?

Juan Jesús Jara
- Demandados: Cotecsud S.A.S.E. y Cosméticos Avón S.C.E.I.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido indirecto, sanciones por incumplimiento y diferencias salariales.

¿Qué se resolvió?


- La Cámara confirmó que existió una situación de interposición fraudulenta por parte de la empresa Cotecsud S.A.S.E., considerando a Cosméticos Avón S.C.E.I. como el empleador real del actor.
- Confirmó la procedencia de la sanción del art. 2 de la Ley 25.323 por falta de pago de las indemnizaciones.
- Confirmó la procedencia de las sanciones de los arts. 8 y 15 de la Ley 24.013.
- Confirmó la procedencia de la sanción del art. 45 de la Ley 25.345 por falta de entrega de certificado de trabajo.
- Modificó el fallo de primera instancia en cuanto a que las astreintes por falta de entrega del certificado de trabajo se extenderán hasta el efectivo cumplimiento.
- Modificó el fallo de primera instancia en cuanto a la forma de cálculo de los intereses, aplicando el CER más una tasa pura del 6% anual.
- Confirmó los honorarios de los profesionales.

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