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COSTANCI, CARLOS LEONARDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor reclamó indemnización por lesiones físicas y psíquicas derivadas de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia y redujo el monto indemnizatorio.

Honorarios Accidente de trabajo Dano psiquico Porcentaje de incapacidad Ley 27 348 Lumbociatalgia Ibm

Indemnización por lesiones físicas (lumbociatalgia) y psíquicas derivadas de un accidente de trabajo.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Excluyó la indemnización por daño psíquico por extemporáneo y redujo el porcentaje de incapacidad laboral al 7,02% (6% por dolencias físicas + 1,02% por factores de ponderación). Consecuentemente, disminuyó el monto indemnizatorio a $1.917.224,20.
- Fundamentos relevantes:
- La pericia médica corroboró la presencia de lumbociatalgia compatible con el siniestro reclamado, con un 6% de incapacidad, de acuerdo al baremo 659/96.
- No se acreditó oportunamente el reclamo por daño psíquico, por lo que corresponde excluirlo.
- El ingreso base mensual (IBM) fue correctamente determinado de conformidad con la Ley 27.348.
- Los honorarios de la representación letrada de la parte actora fueron confirmados, mientras que los del abogado del trabajador fueron reducidos.

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