LIMARDO, LILIANA BEATRIZ c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La trabajadora reclamó daños por accidente de trabajo y la Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia, aumentando el monto indemnizatorio.
Daños por accidente de trabajo, incluyendo daño psicológico
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, aumentando el monto indemnizatorio. Compartió la valoración del perito sobre el daño psicológico del 10% de incapacidad, al considerar que el reclamo fue debidamente introducido y que el informe pericial se encuentra suficientemente fundado. Además, aplicó la nueva fórmula del Decreto 669/19 para calcular el ingreso base mensual y los intereses.
Fundamentos relevantes:
- "Comparto el criterio establecido en la anterior instancia en lo atinente al valor probatorio que corresponde otorgarle al peritaje médico, sin que los argumentos que en su momento planteó la demandada y lo afirmado en su recurso de apelación logren evidenciar error alguno tanto en la evaluación efectuada como en la cuantificación de los daños allí advertidos."
- "Más allá de lo afirmado en el recurso de apelación -como así también los argumentos que en su momento planteó la aseguradora
- las conclusiones que surgen del informe, me convencen de que el dictamen tiene una coherencia, se encuentra suficientemente fundado y que fue evaluado de manera íntegra por el experto, por lo que corresponde estar a dichas conclusiones."
- "A partir de ello, corresponde considerar las remuneraciones de la actora correspondientes a los doce meses anteriores a la fecha del infortunio, esto es 23/5/2022, actualizadas por el índice RIPTE, que asciende a la suma de $181.954,20."
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