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FLORES, ELBA ESTANISLADA c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora demandó por accidente de trabajo y secuela psíquica. La Cámara confirmó el rechazo de la incapacidad psíquica pero modificó la tasa de interés aplicable.

Tasa de interes Nexo causal Accidente de trabajo Capitalizacion Secuela psiquica


¿Quién es el actor?

Elba Estanislada Flores

¿A quién se demanda?

Federación Patronal Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Accidente de trabajo y secuela psíquica

¿Qué se resolvió?

Se confirmó el rechazo de la incapacidad psíquica del 5% otorgada por el perito médico, por falta de acreditación del nexo causal. Sin embargo, se modificó la tasa de interés aplicable, ordenando aplicar el sistema de capitalización anual previsto en el art. 770 del Código Civil y Comercial. Los jueces argumentaron que si bien el perito médico diagnosticó una secuela psicológica del 5%, no logró explicar detalladamente cómo llegó a esa conclusión ni acreditar el nexo causal entre el accidente y la afección psíquica. Señalaron que el hecho denunciado -caída desde una silla
- no tiene entidad suficiente para causar una dolencia psicológica de esa magnitud, máxime sin considerar otros factores predisponentes. En cuanto a la tasa de interés, si bien correspondía aplicar la tasa prevista en el art. 11 de la Ley 27.348 vigente al momento del accidente, los jueces entendieron que dicha tasa resulta insuficiente para evitar el envilecimiento del crédito. Por ello, ordenaron aplicar el sistema de capitalización anual establecido en el art. 770 del Código Civil y Comercial.

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