ALARCON, HERNAN ENRIQUE c/ ZEUS SEGURIDAD S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra su empleadora. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia y redujo el monto indemnizatorio por considerar improcedente la indemnización del art. 80 LCT.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, pero redujo el monto indemnizatorio al eliminar la indemnización prevista en el art. 80 LCT. Consideró que la negativa al registro de la verdadera remuneración del actor constituía una injuria que justificaba el despido indirecto, pero que no se configuraba la causal especial del art. 80 LCT. Además, revocó la condena solidaria de las otras codemandadas por entender que las tareas del actor no se vinculaban con la actividad normal y específica de esas empresas.
Fundamentos relevantes:
- La negativa de la empleadora a registrar el verdadero salario del actor constituyó una injuria grave que autorizaba el despido indirecto.
- Sin embargo, no se configuraron los recaudos del art. 80 LCT para la indemnización especial, por lo que se redujo el monto de condena.
- Las tareas de custodia y seguridad del actor no hacían a la actividad normal y específica de las codemandadas Zanella Hnos., Buenos Ayres Refrescos y Transfarmaco, por lo que no corresponde la responsabilidad solidaria.
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