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LEITE FRUTOS, NARSISO SALVADOR c/ OMINT ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor apeló sentencia de primera instancia en reclamación por incapacidad derivada de accidente laboral. La Cámara modificó la decisión aplicando una tasa de interés acorde a la realidad inflacionaria.

Intereses Honorarios Incapacidad Accidente laboral Riesgos del trabajo Ley 27 348


¿Quién es el actor?

LEITE FRUTOS, NARSISO SALVADOR

¿A quién se demanda?

OMINT ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación por incapacidad derivada de accidente laboral

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó el rechazo del porcentaje de incapacidad psíquica, pero modificó la tasa de interés aplicable para compensar la privación del capital y el deterioro inflacionario. También redujo los honorarios del perito médico. Los principales fundamentos fueron:
- No se acreditó en la instancia administrativa que el actor padeciera una incapacidad psíquica.
- La tasa de interés debe mantener el valor de la indemnización y compensar la demora en el pago, por lo que corresponde aplicar una única capitalización de intereses al momento de la notificación del traslado del recurso en sede administrativa. Esto surge de la interpretación de la normativa vigente (art. 770 inc. b CCyC y art. 12 inc. 3 Ley 27.348).
- Los honorarios del perito médico son excesivos, por lo que corresponde reducirlos.

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