GUZMAN, OSVALDO RUBEN c/ GERENCIAMIENTO HOSPITALARIO S.A. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido injustificado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y adecuó el cálculo de los intereses sobre los créditos laborales.
Despido injustificado
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en lo relativo al cálculo de intereses, adecuándolos al Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) más una tasa pura del 6% anual. Confirmó el resto de los aspectos de la sentencia apelada.
Los principales fundamentos fueron:
- El despido por "reestructuración" no implica una justa causa que exima al empleador de abonar las indemnizaciones correspondientes.
- Respecto a los intereses, la Cámara consideró necesario adoptar un mecanismo que compense a la parte acreedora los efectos de la privación del capital por la demora, y resarza los daños derivados de la mora, manteniendo el valor del crédito frente a la grave inflación que afecta la economía. Para ello, resolvió adecuar los créditos de acuerdo al CER más una tasa pura del 6% anual.
- La única capitalización prevista en el Código Civil y Comercial se producirá a la fecha de notificación de la demanda, en línea con el fallo de la Corte Suprema en el caso "Oliva".
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