Logo

PALOMAR, FRANCISCO DOMINGO Y OTROS c/ TELECOM ARGENTINA S.A. s/DIFERENCIAS DE SALARIOS

Trabajadores de Telecom Argentina promovieron demanda por diferencias salariales, la cual fue parcialmente modificada por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Capitalizacion de intereses Diferencias salariales Viaticos Convenio colectivo Remuneratorio Tarifa telefonica


- Actores: Trabajadores de Telecom Argentina

¿A quién se demanda?

Telecom Argentina S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Diferencias salariales por no computar como remuneratorios la compensación por viáticos y la compensación por tarifa telefónica

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó que dichos conceptos deben considerarse remuneratorios, por lo que se deben abonar las diferencias por aguinaldo, vacaciones y horas extras. Además, modificó la sentencia para que las diferencias se computen hasta la fecha de la sentencia de origen. Fundamentos relevantes:
- La homologación de un convenio colectivo por el ente de control no impide que los trabajadores cuestionen su validez ni que los jueces descarten sus cláusulas.
- Los viáticos y la compensación telefónica deben considerarse remuneratorios de acuerdo a la jurisprudencia de la CSJN y el Convenio 95 de la OIT.
- La capitalización de intereses debe limitarse a una sola vez, al momento de la notificación de la demanda, de conformidad con el art. 770 del CCyC.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar