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PINTOS, MAXIMILIANO LEONARDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Trabajador apela sentencia de primera instancia que hizo lugar a su reclamo por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modifica la tasa de interés aplicable.

Tasa de interes Recurso de apelacion Accidente de trabajo Capitalizacion Reparacion sistemica Art 770 codigo civil y comercial

Reparación sistémica por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma en lo principal la sentencia de primera instancia, pero modifica la tasa de interés aplicable. Aplica el art. 770 inc. b del Código Civil y Comercial, disponiendo la capitalización por única vez a la fecha de notificación del recurso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina resulta insuficiente para componer el real valor del crédito laboral, afectándose el derecho de propiedad del trabajador.
- El art. 770 del Código Civil y Comercial, al ser norma de orden público, resulta operativo al caso, permitiendo corregir la distorsión en los resultados.
- Corresponde la aplicación del sistema de capitalización por única vez a la fecha de notificación del traslado del recurso, respecto del capital de condena con más los intereses previstos por la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina, desde la fecha del infortunio y hasta su efectiva cancelación.

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