MENDEZ, DARIO MANUEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El trabajador apeló sentencia que rechazó parcialmente su reclamo por incapacidad psíquica. La Cámara modificó la tasa de interés para compensar la mora y el deterioro del signo monetario.
Incapacidad psíquica y determinación de tasa de interés
¿Qué se resolvió?
- Se confirma el rechazo de la incapacidad psíquica por falta de fundamentos.
- Se modifica la tasa de interés, aplicando la tasa activa del Banco Nación más una única capitalización al momento de la notificación de la apelación en sede administrativa, para compensar la mora y el deterioro del signo monetario.
- Se aumentan los honorarios del abogado y médico del actor.
Fundamentos relevantes:
- "Cabe confirmar la decisión de grado" respecto de la incapacidad psíquica, ya que el actor "no fundó los aspectos del reclamo relativos a esta cuestión".
- Respecto a la tasa de interés, se considera que la aplicación del DNU 669/19 es inconstitucional, pero que corresponde "la adición a la tasa referida ut supra, con base en el art. 770 inc. b) del CCyCN, de una única capitalización al momento de la notificación de la apelación en sede administrativa".
- Se aumentan los honorarios del abogado al 16% del monto total de condena y los del médico a 10 UMA, "en atención a la calidad y extensión de las labores desarrolladas".
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