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GONZALEZ, ROLANDO c/ MEYER DAMIANI, HENRY EDGARDO s/DESPIDO

El actor promovió demanda para obtener la declaración de responsabilidad solidaria del demandado por obligaciones laborales reconocidas en otro proceso. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la sentencia y declaró la responsabilidad solidaria del demandado.

Honorarios Prescripcion Responsabilidad solidaria Relacion laboral Sucesion de empresas


¿Quién es el actor?

Rolando Gonzalez

¿A quién se demanda?

Henry Edgardo Meyer Damiani

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtener la declaración de responsabilidad solidaria del demandado por obligaciones laborales reconocidas en otro proceso.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y declaró la responsabilidad solidaria del demandado en los términos del art. 225 de la LCT respecto de las obligaciones reconocidas a favor del actor en el proceso anterior. Los fundamentos principales de la decisión son:
- Revocó la resolución que había considerado justificada la presentación del gestor del demandado, por entender que la ratificación se realizó fuera del plazo establecido.
- Consideró que ante la falta de contestación de la demanda, deben presumirse ciertos los hechos expuestos, incluyendo la continuidad en la explotación del establecimiento donde prestó servicios el actor.
- Aplicó la doctrina del Plenario 289 que establece que el adquirente de un establecimiento es responsable por las obligaciones del transmitente derivadas de relaciones laborales extinguidas con anterioridad a la transmisión.
- Respecto de la prescripción, entendió que no podría tener su comienzo antes de verificarse la transmisión del establecimiento y que en todo caso, fue interrumpida por la primera demanda.

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