GALLEGUILLO, PABLO DAVID c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor demandó por un accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y redujo parcialmente el porcentaje de incapacidad psicológica otorgado.
Indemnización por accidente laboral ocurrido el 17/01/2020.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la condena, pero modificó el porcentaje de incapacidad, reduciendo del 10% al 3% la incapacidad psicológica, fijando el total de incapacidad en 16,5%.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La documental aportada demuestra que el actor sufrió lesiones en la rodilla y recibió asistencia psicológica, por lo que no se verifica incongruencia.
- Respecto a la incapacidad física, el informe pericial está debidamente fundado en los estudios y exámenes realizados al actor.
- En cuanto a la incapacidad psicológica, el 10% fijado no se encuentra adecuadamente fundamentado, ya que el perito se limitó a remitirse a un informe de otra profesional sin realizar un examen propio.
- Se establece que la incapacidad psicológica debe fijarse en el 3%, al tratarse de un déficit de carácter transitorio.
- Se modifica el monto indemnizatorio en base al nuevo porcentaje de incapacidad total del 16,5%.
- Se confirma la aplicación de la tasa de interés prevista en la Ley 27.348 hasta la notificación del recurso, y luego la tasa del Código Civil.
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