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LAZARTE, RICARDO ANTONIO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor demandó a la ART por incapacidad psicofísica. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia estableciendo un nuevo régimen de intereses.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Ricardo Antonio Lazarte, demandó a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) Provincia ART S.A. por incapacidad psicofísica. La sentencia de primera instancia revocó la decisión de la Comisión Médica y admitió el reclamo del actor. La ART apeló esa resolución. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VIII, modificó parcialmente la sentencia de grado. Mantuvo la condena a la ART, pero modificó el régimen de intereses aplicable. Dispuso que el crédito objeto de condena devengue intereses desde la fecha del siniestro, de conformidad con las tasas dispuestas en el art. 11 de la Ley 27.348, hasta la notificación del traslado del recurso de apelación en sede administrativa, momento en el cual se procederá a su acumulación al capital. Luego, el nuevo importe así obtenido, con los intereses capitalizados, continuará devengando accesorios a las mismas tasas, hasta el efectivo pago. La Cámara también modificó la regulación de honorarios profesionales.

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