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ROMANO, ALICIA ADELA c/ KARADAGIAN, LAZARO (R) Y OTROS s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción, considerando a la empresa codemandada Iguatemi S.A. responsable solidaria por las obligaciones laborales de la empleadora principal.

Intereses Responsabilidad solidaria Subcontratacion Capitalizacion Despido Actividad normal y especifica Art 30 lct Confeccion de prendas


- Actora: Alicia Adela Romano
- Demandados: Lázaro Karadagian (R) y otros, Iguatemi S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. Se considera a Iguatemi S.A. responsable solidaria por las obligaciones laborales de la empleadora principal en los términos del art. 30 LCT. Fundamentos principales:
- Las declaraciones testimoniales acreditan que la actora realizaba tareas de confección de prendas de la marca "Key Biscayne" perteneciente a Iguatemi S.A., quien le proveía insumos, controlaba la producción y daba órdenes. Por lo tanto, las tareas de la actora eran inherentes a la actividad normal y específica de Iguatemi S.A.
- La responsabilidad solidaria del art. 30 LCT alcanza a todas las consecuencias patrimoniales derivadas del incumplimiento de las obligaciones laborales del empleador principal, incluyendo indemnizaciones, multas y aportes previsionales retenidos.
- Se aplica la tasa de interés CER más 6% anual, con una única capitalización al momento de notificación de la demanda, conforme lo resuelto en el Acta CNAT 2783.

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