Logo

MARIN, FRANCISCO ARNALDO c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor reclamó indemnización por una incapacidad física y psíquica derivada de un accidente de trabajo. La Cámara modificó la sentencia y redujo la incapacidad física otorgada.

Indemnizacion Incapacidad fisica Accidente de trabajo Incapacidad psiquica Valoracion de prueba pericial Proporcionalidad

Indemnización por incapacidad física y psíquica derivada de accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto a la procedencia de la condena, pero modificó el monto de la indemnización, reduciendo la incapacidad física al 5,2% de la t.o. La Cámara consideró que existía desproporción entre el daño físico y el daño psíquico reconocido, al otorgarse un 15,08% de incapacidad por este último cuando el daño físico era solo del 5,2%. Fundamentos principales:
- La Cámara sostuvo que, si bien el impacto psicológico de un hecho es subjetivo, debe existir cierta proporcionalidad entre el daño físico y el psíquico, salvo situaciones excepcionales. En este caso, las circunstancias del accidente (descargar mercadería) y la incapacidad física del 5,2% no justificaban reconocer un 15,08% de incapacidad psíquica.
- Los dictámenes periciales no tienen carácter de prueba legal y están sujetos a la valoración del juez conforme las reglas de la sana crítica.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar