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VENTURINI, CELIA TERESITA c/ ESTADO NACIONAL ARGENTINO -MINISTERIO DE DEFENSA- FUERZA AEREA ARGENTINA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la sentencia que hizo lugar a la demanda por accidente de trabajo del personal militar con fundamento en la Ley de Riesgos del Trabajo.

Accidente de trabajo Ley de riesgos del trabajo Ley 24 557 Competencia laboral Personal militar


¿Quién es el actor?

Causahabiente del Capitán Britos Venturini

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Fuerza Aérea Argentina

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por accidente de trabajo con fundamento en la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La justicia laboral es competente para entender en el reclamo, más allá del estado militar del causante, en virtud de la Ley 18.345.
- El personal militar se encuentra comprendido en el ámbito de aplicación de la Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo, por tratarse de "funcionarios del sector público nacional".
- Los argumentos del Estado Nacional sobre la primacía de la Ley 19.101 o la exclusión por la Ley 25.164 son desestimados.

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