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INSERMINI, MARIA EUGENIA c/ SABOR DEL MAR S.A. Y OTROS s/DIFERENCIAS DE SALARIOS

Trabajadora demandó diferencias salariales y despido, pero el tribunal confirmó el rechazo de los reclamos ante la falta de comunicación escrita del despido.

Confirmacion Diferencias salariales Lct Despido Ley 18 345 Comunicacion escrita

Diferencias salariales y despido

¿Qué se resolvió?

Se rechaza el reclamo. El juez de primera instancia consideró improcedente el reclamo de indemnizaciones por despido ya que la trabajadora no comunicó por escrito la denuncia del contrato, tal como lo exige el art. 243 de la LCT. Respecto a los otros rubros reclamados, fueron rechazados por falta de detalle en la liquidación según lo dispuesto en el art. 65 de la ley 18.345. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia. Fundamentos relevantes: "En tal sentido, consideró improcedente el reclamo de las indemnizaciones derivadas del despido, pues ante la falta de comunicación expresa y concreta de denuncia del contrato de trabajo por parte de la trabajadora, interpretó que la relación laboral se extinguió con posterioridad a las intimaciones en cuestión por voluntad tácita de ambas partes (art. 241 LCT)." "En tal marco, sin perjuicio del esfuerzo argumentativo efectuado por la recurrente, comparto el criterio del Sr. Juez." "Sin perjuicio de que ello sella la suerte adversa de la queja, cabe destacar que la recurrente tampoco detalla en esta alzada los reclamos en cuestión ni precisa el modo en que arribó a los montos reclamados (art. 116 de la ley 18.345)."

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