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ESCALANTE, MARTIN c/ CAVCON S.A. Y OTROS s/LEY 22.250

El actor promovió demanda por despido contra su empleador. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y extendió la responsabilidad solidaria al Banco de la Nación Argentina.

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Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y extendió la responsabilidad solidaria del Banco de la Nación Argentina por las obligaciones laborales de Cavcon S.A., en los términos del art. 30 LCT. Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- El Banco de la Nación Argentina había requerido a Cavcon S.A. la realización de una obra de construcción de una sucursal bancaria, por lo que el trabajo del actor era una actividad esencial y coadyuvante a la actividad principal del Banco.
- Conforme al art. 30 LCT, el Banco como empresa contratante debía asumir una obligación de garantía respecto de los trabajadores empleados por el contratista Cavcon S.A.
- Los testimonios demostraron los incumplimientos salariales y de pago de preaviso y SAC de Cavcon S.A. hacia el actor. En cuanto a los honorarios, la Cámara confirmó las regulaciones de primera instancia.

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