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VALENZUELA, AXEL AYRTON ANDRES c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El trabajador demandó por accidente de trabajo y la Cámara Nacional de Apelaciones confirmó el reconocimiento de las prestaciones dinerarias bajo la ley 24.557.

Intereses Incapacidad Accidente de trabajo Dictamen pericial Prestaciones dinerarias


¿Quién es el actor?

Axel Ayrton Andres Valenzuela

¿A quién se demanda?

Federación Patronal Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación de prestaciones dinerarias por accidente de trabajo sufrido el 10/09/2015.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que reconoció al actor el derecho a percibir las prestaciones dinerarias en los términos de la ley 24.557 por las secuelas del accidente de trabajo. Fundamentos principales:
- La aseguradora no logró probar que las lesiones fueran de carácter preexistente, por lo que corresponde tener por correctamente reconocida la existencia del accidente.
- El tribunal le otorgó valor probatorio al dictamen pericial que determinó la incapacidad, al no observar razones para apartarse del mismo.
- Rechazó el planteo de inconstitucionalidad de los factores de ponderación, al considerar que no implica indemnizar dos veces el mismo daño.
- Confirmó que los intereses deben computarse desde la fecha del accidente, siguiendo el principio normativo general.

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