AVILA, ISRAEL DAMIAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por reclamo de indemnización derivada de accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y estableció el cálculo de la indemnización aplicando el coeficiente RIPTE y un interés moratorio diferenciado.
Indemnización por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, ordenando que la indemnización se calcule aplicando el coeficiente RIPTE sobre el Ingreso Base Mensual (IBM) desde la fecha del accidente hasta la liquidación, y además estableció un interés moratorio diferenciado del 6% anual.
Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró que el Decreto 669/2019 que instituyó el RIPTE es válido y debe aplicarse para actualizar el IBM, lo que implica una mejora respecto de la ley 27.348.
- Sin embargo, el RIPTE solo contempla el componente compensatorio de la depreciación monetaria, por lo que corresponde aplicar adicionalmente un interés moratorio del 6% anual hasta el efectivo pago.
- Se dejaron sin efecto las costas y regulación de honorarios de primera instancia, y se regularon nuevos honorarios.
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