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VILLALVA, CLAUDIO ALBERTO c/ BRIDGESTONE ARGENTINA S.A. s/ACCION DE AMPARO

El actor promovió acción de amparo por despido discriminatorio. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de grado y ordenó la actualización del capital de condena conforme el IPC, sin límite temporal en el pago de salarios caídos.

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Nulidad de despido discriminatorio y reinstalación

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de grado, eliminando la limitación temporal impuesta y ordenando el pago de salarios caídos por todo el período, actualizados conforme IPC. Declaró la inconstitucionalidad de la prohibición de indexación de créditos laborales. La Cámara consideró que el segundo despido dispuesto por la empresa durante la vigencia de la medida cautelar de reinstalación, no generó una ruptura de la relación laboral, sino que constituyó un incumplimiento a la orden judicial. Por lo tanto, el actor mantiene su condición de representante sindical y la reintegración debe ser por todo el período. En cuanto a los accesorios, la Cámara estableció que el capital de condena se actualizará por IPC desde la exigibilidad y se aplicará una tasa de interés del 3% anual, con capitalización conforme art. 770 inc. c) CCyC, declarando la inconstitucionalidad de las normas que prohíben la indexación. También reguló nuevos honorarios.

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