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SIAT S.A. c/ MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Y OTRO s/OTROS RECLAMOS

La empresa SIAT S.A. apeló la sentencia que rechazó su demanda de nulidad de la resolución ministerial que homologó los acuerdos de suspensión laboral. La Cámara confirmó la decisión al entender que la autoridad administrativa actuó dentro de sus facultades.

Recurso de apelacion Homologacion Derechos individuales Suspension laboral Acuerdo colectivo

¿Qué se resolvió en el fallo?

La empresa SIAT S.A. demandó la nulidad de la resolución ministerial que homologó los acuerdos de suspensión laboral celebrados con el sindicato UOMRA, al considerar que la cláusula que dejaba a salvo los derechos individuales de los trabajadores afectaba lo pactado. El tribunal de primera instancia rechazó la demanda, entendiendo que la autoridad administrativa había ejercido correctamente sus facultades de control de legalidad y oportunidad al homologar el acuerdo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de grado. Sostuvo que la homologación del acuerdo marco colectivo celebrado en el marco de un Procedimiento Preventivo de Crisis es facultad de la autoridad administrativa, quien debe ejercer un control de legalidad y oportunidad previo a la formalización del acto. La inclusión de la cláusula que resguarda los derechos individuales de los trabajadores no implica una alteración del acuerdo ni una actuación arbitraria de la autoridad.

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