LOPEZ ALVARENGA, CAROLINA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La trabajadora apela el rechazo de su incapacidad psicológica derivada de un accidente laboral. La Cámara confirma la sentencia de primera instancia al considerar que el nexo causal entre el accidente y el daño psíquico no está debidamente acreditado.
Incapacidad psicológica derivada de un accidente laboral
¿Qué se resolvió?
Se rechaza el recurso de apelación y se confirma la sentencia de primera instancia que rechazó la incapacidad psicológica reclamada.
Fundamentos principales:
- El informe pericial no logró acreditar de manera razonada el nexo causal entre el accidente y la incapacidad psicológica determinada. El perito sólo transcribió el diagnóstico del psicodiagnóstico, pero no explicó las circunstancias que lo llevaron a concluir en la incapacidad y su vinculación con el hecho denunciado.
- El juicio de causalidad es una cuestión jurídica que incumbe a los jueces, quienes deben evaluar las circunstancias de cada caso concreto para determinar si existe un nexo adecuado entre el evento dañoso y la eventual afección psíquica.
- En el caso, no se advierten elementos suficientes que demuestren que el accidente de tránsito haya impactado en la esfera psíquica de la trabajadora de modo de ocasionar una secuela psíquica irreversible. Existen múltiples causas que pueden predisponer ese tipo de padecimiento.
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