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NUÑEZ ZOTELO, ALCIDES c/ ALMASER S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido y reclamos laborales contra su empleador. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y aumentó el monto de la indemnización por falta de pago del fondo de cese laboral.

Indemnizacion Diferencias salariales Despido Fondo de cese laboral Responsabilidad del presidente de sociedad


¿Quién es el actor?

Alcides Núñez Zotelo

¿A quién se demanda?

Almaser S.A. y su presidente Alberto Mario Serebrinsky
- Reclamos: despido, diferencias salariales, falta de pago de fondo de cese laboral

¿Qué se resolvió?


- Se confirma el rechazo del reclamo por la indemnización del art. 19 de la Ley 22.250 por presentación extemporánea.
- Se hace lugar a la indemnización del art. 18 de la Ley 22.250 por falta de entrega de libreta y acreditación de aportes al fondo de cese laboral, fijándola en el monto máximo previsto.
- Se confirma el rechazo del reclamo contra el presidente de la sociedad por no acreditarse maniobras fraudulentas.
- Se confirma la condena por diferencias salariales. Fundamentos relevantes:
- El plazo de 10 días hábiles para intimar el pago conforme el art. 19 de la Ley 22.250 es de caducidad, por lo que al presentarse extemporáneamente, el reclamo resulta improcedente.
- Corresponde hacer lugar a la indemnización del art. 18 de la Ley 22.250 por acreditarse el incumplimiento en la entrega de la libreta y acreditación de aportes al fondo de cese laboral.
- No se acreditaron maniobras fraudulentas del presidente de la sociedad que justifiquen su responsabilidad personal.

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