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TABOADA GOMEZ, ROBERTO LUIS c/ BELCONN ARGENTINA S.A. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra la empresa. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la forma de calcular los intereses de la condena, aplicando el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) más un interés puro del 3% anual, sin capitalización.

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Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara modifica la tasa de interés aplicable a la condena, reemplazando la fijada en primera instancia por el CER más 3% anual sin capitalización. Fundamentos principales:
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el precedente "Lacuadra", rechazó el criterio de actualización por Actas de esta Cámara, por considerarlo desproporcionado.
- El CER, atado al IPC, es un mecanismo de ajuste razonable para mantener el poder adquisitivo de los créditos laborales, evitando su licuación.
- La aplicación del CER más 3% anual sin capitalización se ajusta al artículo 771 del Código Civil y Comercial, al combinar razonabilidad y protección de los créditos.
- Si bien el CER no fue creado específicamente para créditos judiciales, el Banco Central lo reglamenta para remunerar plazos fijos, por lo que su aplicación a créditos laborales es procedente.

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