RODRIGUEZ, SANTIAGO PEDRO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Un trabajador reclamó una mayor incapacidad física y psíquica por un accidente laboral, y la Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia aumentando el monto indemnizatorio.
Impugnación de la resolución de la Comisión Médica que determinó una incapacidad física del 8,92% y desestimó la incapacidad psíquica.
- Decisión del tribunal: La Cámara modificó la sentencia y estableció una incapacidad total del 15,45%, incluyendo un 5% por incapacidad psíquica. Esto elevó el monto indemnizatorio a $1.955.472,99.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El peritaje psicológico determinó que el actor presentaba una reacción vivencial anormal neurótica de grado I-II, con afectación de su esfera emocional, laboral y social, por lo que corresponde reconocer una incapacidad psíquica del 5%.
- La facultad de los jueces de fijar la tasa de interés está condicionada a que no existan intereses fijados por ley especial, como es el caso de la Ley 27.348 que establece el interés equivalente a la tasa activa del Banco Nación.
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