RIMOLI, ANTONELLA c/ SION S.A. Y OTRO s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido indirecto y solidaridad contra las empresas Sion S.A. y NTB S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia y condenó a ambas empresas de modo solidario.
Despido indirecto y solidaridad
¿Qué se resolvió?
Se revoca parcialmente la sentencia de primera instancia, se hace lugar a la demanda y se condena a Sion S.A. y NTB S.A. de manera solidaria a abonar a la actora la suma de $ 22.502,61 más intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La actora no logró acreditar que hubiera ingresado a prestar tareas con anterioridad a la fecha denunciada, por lo que el despido indirecto no se encuentra probado.
- Sin embargo, se acreditó que la actora prestaba servicios para Sion S.A., quien debe ser considerada también su empleadora según el art. 29 LCT, por lo que corresponde declararla solidariamente responsable junto a NTB S.A.
- Corresponde hacer lugar a la multa del art. 80 LCT por incumplimiento en la entrega de los certificados de trabajo y aportes.
- Se imponen las costas a las demandadas y se regulan los honorarios de los letrados.
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