OJEA, HORACIO SERGIO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ajustó el cálculo del monto indemnizatorio.
Indemnización por incapacidad psicológica del 43,2% desarrollada como consecuencia de las labores.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda, pero se modificó el cálculo del monto indemnizatorio. La Cámara estableció que el capital de condena se actualizará por RIPTE más un interés moratorio, con capitalización semestral.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La recurrente no rebatió específicamente los fundamentos del peritaje médico que determinó la incapacidad.
- El informe pericial se encuentra fundado en estudios y consideraciones científicas, por lo que se le otorga pleno valor probatorio.
- Respecto a la aplicación del Decreto 669/2019, la Cámara adoptó el criterio mayoritario de considerar que se trata de un decreto delegado, cuya aplicación es constitucional.
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