PIZARRO AQUIJE, CARLOS ALBERTO c/ ORIOL S.A. s/DESPIDO
El actor reclamó por despido, pero la Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que consideró inacreditada la existencia y recepción del telegrama de despido.
¿Quién es el actor?
Carlos Alberto Pizarro Aquije
¿A quién se demanda?
ORIOL S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó los agravios del actor. La Cámara consideró que estaba acreditado que la empleadora había respondido los requerimientos laborales cursados por el actor, por lo que no correspondía aplicar la presunción del art. 57 de la LO. Asimismo, consideró que el actor no acreditó la existencia y recepción del telegrama de despido que alegó. Por último, declaró mal concedido el recurso de apelación de la empleadora por no superar el monto mínimo para ser apelable.
Fundamentos relevantes:
- "De comienzo Carlos Alberto Pizarro Aquije se agravia por la decisión de la magistrada que me precede de no aplicar en el caso la presunción del art. 57 de la L.O. sobre los hechos invocados frente a la falta de respuesta de la sociedad empleadora a los requerimientos laborales cursados telegráficamente. En el punto se aprecia del informe de Correo Argentino incorporado digitalmente vía DEO el 23/03/2023 que los aludidos emplazamientos remitidos por el pretensor recibieron las respuestas postales que allí se individualizan, las cuales corresponden tener por válidamente notificadas y recepcionadas por el actor más allá de la leyenda informada por la institución postal de "DOMICILIO INEXISTENTE""
- "Al respecto, se recuerda que de los términos del escrito de contestación de demanda surge desconocido por parte de ORIOL S.A. (empleadora) la emisión y recepción del telegrama de despido que se menciona en el escrito inicial (de fecha 20/07/2020). Ello así, el demandante debía producir prueba a fin de determinar la existencia, autenticidad y recepción del aludido envío rescisorio postal, lo cual no produjo."
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