LOPEZ, MICAELA GISEL c/ DERPOL S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
La actora promovió demanda por despido contra múltiples codemandadas. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y extendió la condena solidaria a una de las codemandadas.
- Actor: Micaela Gisel López
- Demandados: Derpol SRL, APG Argentina SA, Argos Comercial SA y Pullmen Servicios Empresarios SA
- Objeto: Reclamo por créditos salariales, indemnizatorios y sancionatorios derivados del despido.
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y extendió la condena solidaria a Pullmen Servicios Empresarios SA, por haber participado como intermediaria fraudulenta en la contratación de la actora, pero limitando su responsabilidad a los créditos originados por su intervención. Confirmó el resto de la condena.
- Fundamentos:
"De las pruebas obrantes en autos se desprende que López trabajó desde un inicio para APG Argentina SA, a través de la intermediación fraudulenta de Pullmen. Sin perjuicio de ello, éstas accionadas no satisficieron ninguno de los recaudos a los que el art. 99 LCT y los arts. 68 y ss. de la ley 24013 sujetan la viabilidad de una contratación de tipo eventual."
"Aún cuando Pullmen debe reputarse tercera solidaria con el principal en función de haber concurrido en la configuración del fraude comprobado (conf. 2do párrafo del art. 29 LCT), ello sólo puede predicarse respecto de los créditos que derivaran del vínculo habido durante el tiempo en que aquella permaneciera en la relación como persona interpuesta puesto que la solidaridad que prevé la ley a su respecto no autoriza a su responsabilización más allá del lapso comprendido en sus contrataciones o en función de una eventual extinción contemporánea ya que ésta no ha participado del vínculo con posterioridad."
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