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MARQUEZ, VICTOR FERNANDO c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor reclamó por incapacidad física y psíquica derivada de un accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció incapacidad física pero denegó la psíquica, y fijó los intereses aplicables.

Intereses Incapacidad fisica Accidente de trabajo Incapacidad psiquica Ley 27 348

Incapacidad física y psíquica por accidente laboral

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que reconoció incapacidad física del 3,36% pero denegó la psíquica. Se fija que el capital de condena devengue intereses según lo establecido en la Ley 27.348. Los jueces consideraron que el actor no reclamó oportunamente por la incapacidad psíquica, incumpliendo el principio de congruencia. Respecto a los intereses, aplicaron la tasa activa del Banco Nación con una única capitalización al momento de la recepción del expediente en la justicia laboral.

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