AVALOS , EDITH MARIA LUZ c/ PREVENCION ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La actora demandó por accidente de trabajo y la Cámara Nacional de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia, ajustando el porcentaje de incapacidad y el cálculo del ingreso base.
Accidente de trabajo y enfermedad profesional
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, disminuyendo el porcentaje de incapacidad parcial y permanente de la actora al 4,87% de la T.O. y ajustando el cálculo del ingreso base mensual. Confirmó el resto de lo decidido en la instancia anterior.
Fundamentos principales:
- La actora tenía una incapacidad preexistente de 23,32% por enfermedad profesional y 8,24% por accidente in itinere, por lo que corresponde aplicar la teoría de la incapacidad restante o fórmula Balthazard.
- El ingreso base mensual debe calcularse conforme el art. 12 de la Ley de Riesgos del Trabajo, considerando el promedio de los salarios del año anterior a la primera manifestación invalidante, actualizados por el índice RIPTE.
- Los intereses se devengarán desde la primera manifestación invalidante hasta la puesta a disposición de la indemnización, a la tasa RIPTE, y desde entonces hasta el efectivo pago, a la tasa activa del Banco Nación.
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