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PACHECO VILLALVA, CARMEN c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La trabajadora promovió demanda contra la ART por accidente de trayecto. La Cámara modificó la sentencia y estableció un sistema de actualización y liquidación de la indemnización más acorde al marco legal.

Intereses Incapacidad psiquica Regulacion de honorarios Accidente de trayecto Actualizacion ripte


¿Quién es el actor?

Carmen Pacheco Villalva

¿A quién se demanda?

Asociart ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de indemnización por accidente de trayecto

¿Qué se resolvió?

Se confirma el fallo de primera instancia que hizo lugar a la demanda, pero se modifica lo relativo a la actualización del monto indemnizatorio. La Cámara estableció que la indemnización se debe actualizar por el índice RIPTE desde el accidente hasta la liquidación definitiva, y aplicar un interés puro del 6% anual desde el accidente hasta la liquidación. También se modificó la regulación de honorarios de la perita. Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró acreditada la incapacidad psíquica del 10% por el informe pericial, sin que la demandada lograra desvirtuar dicha conclusión.
- Respecto a la actualización, la Cámara aplicó el mecanismo del decreto 669/19 que establece la actualización por RIPTE, por considerarlo un sistema de actualización salarial que resulta válido, más allá de las cuestionamientos que pudiera tener el decreto como DNU.
- Adicionalmente, se fijó un interés puro del 6% anual desde el accidente hasta la liquidación, para compensar la privación del capital, ante la ausencia de una tasa que cumpla exclusivamente esa función.

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