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TURZA, MARIA CLARA c/ DAKOTA S.A. s/DESPIDO

La trabajadora promovió demanda por despido incausado. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia de primera instancia y ordenó actualizar los créditos laborales mediante el Índice de Precios al Consumidor.

Tasa de interes Indemnizacion Ipc Actualizacion Despido Maternidad


¿Quién es el actor?

María Clara Turza

¿A quién se demanda?

Dakota S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido incausado y reclamo de indemnizaciones.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el despido incausado dispuesto por la demandada y la procedencia de la indemnización especial del art. 182 LCT. Modificó el cálculo de intereses, declarando la inconstitucionalidad de la prohibición de actualización de créditos laborales y ordenando la actualización por IPC y una tasa del 3% anual.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La trabajadora comunicó fehacientemente su embarazo a la empleadora, por lo que correspondía la indemnización especial del art. 182 LCT.
- La prohibición legal de actualización de créditos laborales resulta inconstitucional ya que licua el poder adquisitivo de los créditos, por lo que corresponde la actualización por IPC y una tasa del 3% anual.
- Esta solución evita la depreciación del crédito y preserva la función resarcitoria del régimen de contrato de trabajo.

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