OLLARVES SERRANO, BRAYAM MIGUEL c/ SALUD EN EL HOGAR S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia de primera instancia y dispuso aplicar el índice de precios al consumidor (IPC) para el cálculo de los accesorios del crédito laboral.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7° de la ley 23.928 y 4° de la ley 25.561. Dispuso que al monto de condena se aplique el IPC desde la exigibilidad de los créditos hasta el efectivo pago.
Fundamentos principales:
- La aplicación del art. 770 inc. b) del CCyC no implica vulneración del principio de congruencia, ya que la acta CNAT 2764 es posterior a la presentación de la demanda.
- La Corte Suprema ha observado que el mecanismo de capitalización previsto en las actas CNAT puede derivar en resultados injustos que deben ser corregidos.
- Corresponde una interpretación armónica del ordenamiento jurídico y los principios constitucionales, aplicando preferentemente la normativa propia del derecho social del trabajo.
- Declarar la inconstitucionalidad de los arts. 7° ley 23.928 y 4° ley 25.561 por inconstitucionalidad sobreviniente y aplicar el IPC para compensar el desfasaje de los créditos.
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