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MOLINA, HILDA RAQUEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora reclamó por un accidente de trabajo, y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia para adecuar el cálculo de la indemnización a la normativa vigente.

Intereses Indemnizacion Incapacidad Accidente de trabajo Ley 27 348 Ripte

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La Sra. Molina demandó a Provincia ART S.A. por un accidente de trabajo sufrido el 27/07/2022, en el que se comprimió el dedo anular de su mano izquierda.
- El juez de primera instancia hizo lugar al reclamo, determinando una incapacidad psicofísica del 7,24% y ordenando el pago de $737.021,08 con intereses.
- La empresa apeló el grado de incapacidad determinado.
- La Cámara confirmó la incapacidad física del 2% pero revocó la incapacidad psíquica del 5%.
- Respecto a los intereses, la Cámara estableció que deben calcularse sobre el ingreso base mensual actualizado por el índice RIPTE desde la fecha del accidente hasta la liquidación, más un 8% anual de interés moratorio.
- Se rechazó la inconstitucionalidad del art. 12 inc. 3 de la Ley 27.348.

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