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MARTIN, MARCELO SEBASTIAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó indemnización por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia y ordenó aplicar el IPC como método de actualización monetaria.

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Indemnización por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7° de la ley 23.928 y 4° de la ley 25.561, y dispuso que al monto de condena se le aplique el Índice de Precios al Consumidor (IPC) desde la fecha del infortunio hasta el efectivo pago, siempre que no implique una "reformatio in peius". También impuso las costas de alzada a la demandada y reguló los honorarios de los profesionales. Los fundamentos principales fueron:
- La evolución del IPC desde la fecha del accidente hasta el momento del fallo "Lacuadra" fue notoriamente mayor a la aplicación de las tasas bancarias previstas, por lo que estas no ofrecen una razonable tutela del crédito laboral.
- Corresponde aplicar la noción de equidad del art. 11 LCT, dado que la aplicación del nominalismo monetario de las leyes 23.928 y 25.561 se ha tornado insostenible e injusta.
- Procede la declaración de inconstitucionalidad de oficio de dichas normas, en tanto su aplicación concreta resulta contradictoria con las garantías constitucionales.

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