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RODRIGUEZ, EDGARDO JAVIER c/ AESA ASEO Y ECOLOGIA S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido sin justa causa. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia e incrementó los montos indemnizatorios.

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Diferencias indemnizatorias por despido sin justa causa

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, incrementando los montos indemnizatorios por preaviso, antigüedad y multa del art. 2 de la ley 25.323. Consideró que hubo una transferencia del establecimiento y que correspondía reconocer la real antigüedad del trabajador, con el descuento de las indemnizaciones previamente percibidas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El accionante había sido despedido el 24/5/2018 sin causa, percibiendo $419.771. Previamente, al finalizar su vínculo con la UTE el 30/9/2014, se le abonó $60.951,75.
- Se acreditó una transferencia del establecimiento de la UTE a AESA Aseo y Ecología S.A. en octubre de 2014. Por lo tanto, correspondía reconocer la antigüedad previa.
- Conforme el art. 255 LCT, debían deducirse las indemnizaciones previamente percibidas.
- Respecto al salario base de cálculo, se confirmó el utilizado en primera instancia.
- Se declaró la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 por pulverizar el contenido económico del crédito laboral, aplicándose el índice RIPTE con interés del 3% anual.

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